¿CÓMO AFRONTAR UNA DENUNCIA POR VIOLENCIA DE GÉNERO? -Pasos inmediatos-


La violencia de género, un grave problema.

La violencia de género es una realidad social , con un impacto especialmente grave.

Por ese motivo, en nuestro sistema judicial ha diseñado un protocolo específico de actuación que cuenta con Jueces, Fiscales, Abogados y Abogadas específicamente formados en delitos de Violencia sobre la Mujer.

Por ello la competencia exclusiva sobre este tipo de delitos recae en los Juzgados de Violencia Sobre la Mujer, que son los que tienen la competencia exclusiva sobre este tipo de delitos.

Contamos con cuatro juzgados específicos en Palma, uno en Inca y uno Manacor.

Me desplazo de forma inmediata a los Juzgados de Violencia sobre la Mujer de Vía Alemania, en Palma y a los de la Plaça de la Bassa, en Manacor que atienden de guardia todos estos delitos.

Mi presencia habitual allí me permite encontrarme con clientes o familiares de detenidos. Son pasillos que recorro casi a diario; conozco el funcionamiento de sus guardias y las particularidades de este tipo de procedimientos, lo que me permite actuar con la rapidez y seguridad que la situación requiere.

Primeros pasos tras una denuncia por violencia de género

Cuando se presenta una denuncia por violencia de género, el procedimiento se activa de forma inmediata. Esto suele generar una situación de alto impacto emocional para ambas partes, por lo que es clave saber qué va a ocurrir y cómo actuar.

PRIMERO: TRAS LA DENUNCIA, DETENCIÓN.

Se inicia un protocolo muy específico que pretende ofrecer la máxima protección a la víctima y recabar el máximo de información posible.

Esta fase puede ser la más confusa para el detenido porque aún no comprende la gravedad de la situación.

Lo importante es mantener la calma y aceptar que las cosas no se van a solucionar rápidamente. Es muy probable que el investigado acabe detenido horas.

El asunto se deriva al Juzgado de Violencia sobre la Mujer quien valorará de forma urgente la adopción de medidas cautelares, como una orden de protección.

Si la pareja tiene hijos, la cosa se complica. Mucho.



SEGUNDO: DECLARACIONES.

Normalmente se producen:

  • Declaración de la persona denunciante.
  • Declaración del denunciado (con abogado).
  • Intervención del Ministerio Fiscal.
  • Valoración policial y, en su caso, forense.

Es importante entender que la primera declaración es clave. Lo que se diga (o se calle) en este momento puede marcar el rumbo del procedimiento, y aquí, cada caso es un mundo.

No solo hay que atender a cada realidad familiar si no que hay que mirar un paso más allá y ver en que dirección se puede orientar el procedimiento.

No siempre es mejor callar, no siempre es mejor contar.


TERCERO. POSIBLES MEDIDAS INMEDIATAS.

El juzgado puede acordar, entre otras:

  • Orden de protección.
  • Prohibición de aproximación o comunicación.
  • Medidas civiles urgentes (uso de la vivienda, custodia, régimen de visitas).

Estas medidas no suponen una condena, pero impactan de forma inmediata en la vida de todas las partes. Salvo contadas excepciones, durarán lo que dure el procedimiento.


FINALMENTE. DERECHOS DEL DENUNCIANDO.

Uno de los errores más frecuentes es pensar que, en estos procedimientos, una parte “no tiene derechos”. No es así. El sistema está diseñado para proteger, pero también para garantizar derechos fundamentales.

Si bien, como hemos dicho, la violencia de género es un problema muy enraizado en nuestra sociedad. Un problema que aún no hemos conseguido arreglar y que debido a su gravedad nos obliga a tomar medidas siempre desde el prisma de la protección a la víctima.

¿El detenido tiene derechos? Si.

Tu presunción de inocencia no se verá vulnerada, el juicio, será con todas las garantías.

Pero en esta fase inicial prima la protección de la denunciante y recabar toda la información posible. El objetivo es evitar situaciones de desprotección y prevenir nuevos episodios de violencia.

Es fundamental entender que una denuncia no equivale a una condena, pero el procedimiento debe afrontarse con seriedad y asesoramiento profesional desde el inicio.

QUÉ TRES COSAS NO HACER EN UN CONTROL DE ALCOHOLEMIA -Empeoran todo-

Si te para la Guardia Civil o la Policía y te someten a una prueba de alcoholemia, el contexto ya es suficientemente tenso como para que, además, tomes malas decisiones.

Como abogado penalista, hay tres ERRORES que veo repetidos muchas veces en los expedientes por alcoholemias, con cosas que yo no haría porque en la práctica solo empeorar la situación.

PRIMERO ERROR: Negarse a soplar

En el pensamiento de muchos clientes nace la idea de que si no se sopla no se puede comprobar la alcoholemia.

Sin prueba, no hay delito ¿verdad? ERROR.


El índice de alcoholemia no es la única herramienta que tiene el juzgado para imputarte un delito contra la seguridad vial. Pero además la negativa a someterse a la prueba supone un delito autónomo que conlleva una pena de seis meses de prisión.

Así que lo más probable ante una negativa es que acabes acusado por dos delitos en lugar de uno.


SEGUNDO ERROR: Hablar de más

En cualquier delito siempre me oiréis decir lo mismo, lo primero es mantener la calma, no hablar de más. A veces tenemos la necesidad de querer explicar demasiado las cosas o directamente confesar, es díficil, pero hay que mantener la calma.

Frases como:

“Solo he bebido una cerveza”

“Vengo de cenar”

“Estoy cansado, no borracho”

“Es que he tomado un medicamento”

Es información que puede quedar reflejada en el atestado y nos puede perjudicar. Todo eso puede acabar reflejado en el atestado. No estás obligado a dar explicaciones, ni a justificarte, ni a rellenar silencios. El silencio puede ser muy incomodo pero hay que mantener la calma.


TERCER ERROR

Entiendo el enfado, los nervios o la sensación de injusticia. Hay días difíciles en los que todo sale mal, pero rebotarse nunca ayuda. El agente no tiene la culpa y lo más importante no cambia el resultado de la prueba.

¿ Lo peor? puede añadir problemas innecesarios e incluso delitos de desobediencia o atentado contra la autoridad. Mantener una actitud correcta no significa “dar la razón”, significa no empeorar tu situación.

En Derecho Penal, muchas veces la clave no es ganar… sino no perder más.

En mis vídeos siempre lo repito:

Mi trabajo es buscar el mejor resultado posible.